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viernes, 30 de septiembre de 2011

La madre de los dos niños muertos en Jaén se confiesa autora de los hechos

Jaén, 30 sep 2011
 La madre de los dos niños de 3 y 11 años encontrados muertos ayer en su domicilio de Jaén ha reconocido "de manera espontánea y voluntaria" ante la Policía Nacional la autoría de los hechos de los que está acusada, según han informado hoy a Efe fuentes policiales.
Las fuentes han señalado que no pueden tener en cuenta ese testimonio al haber realizado esta declaración de manera voluntaria y espontánea, sin presencia de un abogado, y añaden que no ha relatado cómo lo hizo ni se le ha preguntado al no contar en ese momento con asistencia letrada.
Las circunstancias de la muerte de los dos menores tendrán que ser determinadas por el informe del forense tras haber realizado las autopsias a los dos cadáveres, aunque las fuentes consultadas por Efe revelan que no fallecieron por ahogamiento, como en un principio se sospechó.
Las fuentes han señalado que el pequeño de 3 años fue encontrado en la bañera sin agua y que el niño de 11 estaba en la cama de la vivienda, situada en la calle Alcalde Cancio Uribe de la capital jienense.
La Policía Nacional detuvo a la madre de los dos pequeños, a la que se acusa de ser la presunta autora del doble homicidio, mientras continúa la instrucción de las diligencias.
La madre de los niños, R.B.V., de 37 años y vecina de Jaén, está ingresada en un centro hospitalario a la espera de que en las próximas horas preste declaración ante el titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Jaén.
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España: traen al mundo a un niño cuya madre murió tiroteada (13:55)

http://ecodiario.eleconomista.es/legislacion/noticias/3416511/09/11/La-madre-de-los-dos-ninos-muertos-en-Jaen-se-confiesa-autora-de-los-hechos.html

Una mujer de 96 años mata de un disparo a su sobrino tras una discusión

A una disgutada abuela de 96 años no le ha temblado el pulso y ha asesinado, según la policía, a tiros a su sobrino
Viernes, 30 de septiembre, 2011

El sobrino y su esposa habían vivido en la casa durante más de 30 años y la tía anciana se había mudado con la pareja hace varios meses.

Amanda Rice Stevenson, de 96 años, ha sido acusada por las autoridades de la muerte de su sobrino de su 53 años de edad, mientras el hombre yacía en la cama, según ha informado la prensa local.
La anciana mató a su sobrino tras una disputa y le abatió de un disparo en el pecho con una pistola del calibre .357.
El sobrino y su esposa habían vivido en la casa durante más de 30 años y la tía anciana se había mudado con la pareja hace varios meses.
http://noticias.terra.es/2011/sucesos/0928/actualidad/mujer-de-96-anos-mata-de-disparo-a-su-sobrino-tras-discusion.aspx
Amanda Rice Stevenson, 96 Years Old, Arrested for Allegedly Murdering Her Nephew
By Matthew Hendley Mon., Sep. 26 2011 at 2:48 PM Comments (4)
Categories: Crime
Amanda Rice Stevenson is 96 years old.
She also allegedly shot and killed her nephew last night by firing a round from a .357 Magnum into his chest.
St. Augustine Police Department spokesman Mark Samson says the cops got a call just before 9 p.m. Sunday about a possible heart attack at a house in St. Augustine.
Instead, police found 53-year-old John Westley Rice dead on the floor, with blood coming out of his mouth and multiple blood splatters around the scene, Samson says.
Stevenson, who police found in another bedroom in the house, was taken from the home while cops collected evidence -- including the .357 Magnum handgun -- and she was eventually determined by police to be the shooter.
Samson says Rice was shot "over a domestic situation" while he was lying in bed, but exact details of what happened haven't yet been released.
Rice's wife told police her husband was watching football when she left the house at 5:30 p.m., and when she returned at 8:45 p.m., she found her husband lying dead on the bedroom floor, leaning against a door.
It's unknown how many times she's been arrested since her birth in 1915, but yesterday's murder charge marks her third arrest in St. Johns County, according to records from the sheriff's office.
An arson charge from 1995 was later dropped, and her other arrest, in 2007, doesn't come with details.
http://blogs.browardpalmbeach.com/pulp/2011/09/amanda_rice_stevenson_96_years_old_murder_nephew.php

Sábado 1 octubre: ''Consecuencias de la ideología de género''

Viernes, 30 de Septiembre, 2011
ASOCIACIÓN PROJUSTICIA
Constará de las siguientes ponencias:
"LA IDEOLOGÍA DE GÉNERO COMO INSTRUMENTO DE CONTROL SOCIAL"
por Javier Pérez-Roldán, Abogado y Presidente del Centro jurídico Tomás Moro.
"LEGISLACIÓN DE GÉNERO EN ESPAÑA"
por Francisco Zugasti, fundador y presidente de la Asoción Projusticia.
"LO QUE NOS OCULTAN LAS LEYES PROMULGADAS CON PERSPECTIVA DE GÉNERO EN ESPAÑA"
por Juan Carlos Portillo, Doctor en Físicas. Licenciado en Óptica. Master en periodismo. Profesor en las facultades de medicina de la Universidad Complutense y en el CEU.
Cierre de la conferencia por Manuel Canduela, Presidente de Democracia Nacional
LA NAVE (Sede Nacional de DN)C/Colmenar de Oreja 19-Polígono Industrial Fidalgo y Bazán.
ALCALÁ DE HENARES (MADRID)
lanave@democracianacional.org
www.lanave.democracianacional.org

http://www.democracianacional.org/dn/modules.php?name=News&file=article&sid=3595

Un estudio andaluz pide modificar la Ley de Enjuiciamiento Criminal para proteger a las víctimas de violencia de género

El 62% de las sentencias son absolutorias, sobre todo por la no declaración de la víctima, que vive el proceso bajo presión

CÓRDOBA, 27 Sep. (EUROPA PRESS) -
Un estudio sobre violencia de género, 'El silencio de las víctimas: un análisis jurídico y social', elaborado por la Cátedra de Estudios de las Mujeres Leonor de Guzmán de la Universidad de Córdoba (UCO) con apoyo del Instituto Andaluz de la Mujer (IAM), propone modificar la Ley de Enjuiciamiento Criminal para proteger mejor a las víctimas de violencia de género.
El estudio, según ha explicado su presentación este martes en Córdoba la directora general del IAM, Soledad Pérez, determina que el 62% de las sentencias por violencia de género son absolutorias, frente al 38% que son condenatorias. De las sentencias absolutorias destaca que, en el 64% de los casos, la víctima no declara en el juicio, principal razón por la que no hay condena.
Ante estos datos, el estudio plantea como solución una modificación de la normativa judicial, para que prevalezca el derecho de la víctima sobre el derecho de la misma como testigo. Para ello, según ha detallado Pérez, el estudio analiza las razones por las que muchas mujeres deciden abandonar el proceso judicial contra sus parejas maltratadoras y propone conclusiones multidireccionales ante dicha situación.
Elaborado a partir de las sentencias de los juzgados de lo Penal y de la Audiencia Provincial de Córdoba durante 2010 y parte de 2011, el estudio plantea que la violencia de género se suele ejercer contra la mujer en la intimidad del domicilio, donde difícilmente existen testigos directos que puedan corroborar el testimonio de la víctima y, cuando existen, es frecuente que sean los familiares más allegados de la víctima. Por tanto, es la declaración de la víctima la única y fundamental prueba con la que cuenta el tribunal para fundamentar una sentencia. Los datos, recuerda el informe, apuntan a que las víctimas en muchas ocasiones se retractan de sus denuncias.
En el caso de iniciarse la acción penal, el estudio plantea que en la mayoría de los casos la víctima no declara en el juicio, bien porque cree que la agresión no fue tan grave para reiterar la denuncia con todo lo que acarrea (orden de alejamiento, prisión...); bien porque piensa olvidar la agresión en aras de la convivencia y el bienestar de los hijos, por la supervivencia económica, por la presión directa o indirecta del agresor o su entorno, o por el temor a una nueva vida con perspectivas difíciles.
Entre la primera declaración y la última transcurre bastante tiempo, por lo que el informe critica que la víctima tenga que tomar la decisión de denunciar dos veces. Otra de las problemáticas planteadas es que el derecho a no declarar de la víctima se ha convertido para ésta en una fórmula de control del procedimiento.
Ante ello, el estudio plantea como solución que se flexibilice la normativa (art.416 de la LECr) para que las víctimas no disfruten del derecho a no declarar contra sus agresores, prevaleciendo así el derecho de la víctima sobre el derecho de la misma como testigo. Asimismo, se aboga por huir de considerar sólo el testimonio de la víctima como única prueba, teniendo en cuenta otros elementos, como la declaración de policías o médicos, vecinos que oyen golpes, etcétera.
Junto a ello, el estudio incide en la importancia de la formación en la materia para todos aquellos que intervienen en el proceso y en la necesidad de establecer estrategias para que las mujeres que dan el primer paso mantengan su acusación, apoyadas con atención psicológica si lo precisan.
http://www.europapress.es/andalucia/noticia-estudio-andaluz-pide-modificar-ley-enjuiciamiento-criminal-proteger-victimas-violencia-genero-20110927140906.html

ORIENTACIONES DE LA PLATAFORMA CIUDADANA POR LA IGUALDAD PARA LOS PROGRAMAS ELECTORALES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS

ELECCIONES GENERALES de 20 de noviembre de 2011

Viernes, 30 de Septiembre, 2011
La Plataforma Ciudadana por la Igualdad, constituida a finales de 2009 por un grupo de profesionales independientes, tiene entre sus objetivos el contribuir a la corrección de la desigualdad legal existente por razón de sexo, para restituir la Igualdad que proclama el artículo 14 de la Constitución, y siempre con especial atención al bienestar y respeto de los derechos de los menores. La desigualdad siempre genera injusticia sin que, pese a las buenas intenciones del legislador, se pueda admitir una normativa, como la que representa la Ley 1/2004, de Violencia sobre la Mujer, que fomenta esa desigualdad con carácter general e indiscriminado, creando más injusticia y violencia.
Entre los fines de la Plataforma figura, de manera prioritaria, difundir entre los partidos políticos sus planteamientos, y la inclusión de los mismos en sus agendas y programas de Gobierno. En este sentido, ante las próximas elecciones generales del 20 de noviembre de 2011, la Plataforma
Ciudadana por la Igualdad ha aprobado las siguientes propuestas, solicitando su inclusión en los programas electorales de todo partido político que se presente a dichos comicios.
Información a la opinión pública y asociaciones de afectados:
La Plataforma Ciudadana por la Igualdad, a la vista de las recomendaciones y programas electorales, de los diferentes partidos políticos, para los próximos comicios electorales, informará a las asociaciones y otros colectivos de padres y madres separados, plataformas por la custodia compartida, asociaciones de abuelos, asociaciones de hijos de padres separados, asociaciones de segundas parejas y a organizaciones feministas pro-igualdad contrarias a la ideología “de género”, de los compromisos asumidos por cada partido político, contrastados con las presentes orientaciones y los fines y objetivos de la Plataforma.
De acuerdo con las cifras de hombres denunciados, separación de padres e hijos, de hermanos, de abuelos y nietos, criminalización del varón por faltas o desavenencias cotidianas de pareja, hombres encarcelados con el único indicio de la declaración de la denunciante, o suicidios masculinos, la PCI calcula que unos 4.000.000 de votantes inclinarán su voto hacia el/los partidos políticos que anuncien la corrección de las discriminatorias y sexistas leyes “de género”.
Hacemos un llamamiento a la militancia de base de todos los partidos, a sus cuadros técnicos y a sus asesores, para que promuevan estas medidas incluyéndolas en los programas electorales, de forma que contribuyan a minimizar en lo posible los efectos perniciosos de la discriminatoria e injusta normativa actual. Animamos a todos a promover estas acciones en aras a reducir la conflictividad familiar, la eliminación de las posiciones de abuso y maltrato, y conseguir una sociedad más igualitaria y justa para nuestros hijos.
PROPUESTAS
1. Se solicita a los partidos políticos y a los miembros del Parlamento español una completa reformulación de las premisas y prejuicios que inspiraron la Ley de Violencia de Género 1/2004 y su sustitución por un instrumento que sí resulte eficaz contra el maltrato en el ámbito familiar, dando mejor cobertura, protección y confianza a las mujeres que sufren desigualdad y maltrato real, que no ignore deliberadamente el maltrato hacia el hombre, o el que hombres y mujeres ejercen sobre ancianos y menores, o entre parejas homosexuales.
2. “La legislatura de los menores”. Se implantará un Programa Integral para garantizar a los menores de edad el cumplimiento de los derechos que les asisten en la Declaración de Derechos del Niño de Naciones Unidas. Es un hecho que en España, en pleno siglo XXI, se vulnera de forma cotidiana el derecho del menor a recibir las atenciones y cuidados de ambos padres, muy a menudo durante meses y años, y sin sanción coercitiva alguna para el padre o madre que toma posesión del menor, secuestrándolo unilateralmente del otro progenitor.
El Programa Integral abarcará actuaciones y coordinación de todos los organismos implicados (justicia, cuerpos de seguridad, asistenciales…) y en ningún caso las medidas o políticas tendrán ningún sesgo sexista ni discriminatorio, por el que se abra la puerta a aplicar medidas diferentes según el sexo del padre y madre. Aplicación de sanciones de carácter penal a la progenitora o progenitor que vulnere estos derechos básicos de los menores.
Especial atención a los siguientes artículos, cuya vulneración en España es una realidad cotidiana:
Convención sobre los Derechos del Niño de la Resolución 44/25 de la Asamblea General de Naciones Unidas, de 20 de noviembre de 1989, ratificada por España:
Artículo 7.1. El niño tendrá derecho desde que nace a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos.
Artículo 9.1. Los Estados velarán para que el niño no sea separado de sus padres contra la voluntad de
éstos.
Artículo 9.3. Los Estados respetarán el derecho del niño que esté separado de uno o ambos padres a
mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres de modo regular.
Artículo 18.1. Ambos padres tienen obligaciones comunes. Incumbirá a los padres la crianza y el
desarrollo del niño.
3. Cualquier medida adoptada para la protección de los menores como víctimas de violencia
doméstica no será en ningún caso excluyente ni dejará desamparados a ningún niño por razón del sexo de su agresora o agresor. Estudios recientes financiados por el Estado español, como el de Save the Children, concluyen que la principal figura agresora de los menores de edad es la madre biológica (52%), mientras que el padre lo es en un 35%. El resto de agresiones las reciben de otros familiares.
La Plataforma Ciudadana por la Igualdad coincide, entre otros muchos profesionales, con el eminente psicólogo Luís Rojas Marcos, al afirmar que la mejor forma de luchar contra la violencia y el maltrato es evitar que los niños, mientras dure su infancia, sean receptores de la misma. Si el verdadero objetivo es proteger al menor, además de disminuir la violencia en el ámbito doméstico, constituye una hipocresía electoralista excluir a ese 52% de niños que reciben violencia por parte de sus madres, o al 13% restante por parte de otros familiares.
4. Realización de estudios rigurosos e independientes, sin restricciones selectivas de la muestra, y consecuente reconocimiento de la violencia multidireccional en el ámbito familiar (tal como avalan los estudios internacionales) y del alto nivel de denuncias falsas, fraudulentas y/o abusivas de mujeres sobre hombres que la actual normativa y alicientes espurios han incentivado.
5. Reformulación de la actual y maniquea definición de maltrato. Eliminación en toda la normativa del disparate de que los hombres ejercen, por razón de nacimiento y de forma universal, una posición de dominio sobre las mujeres. Eliminación de toda la normativa del carácter de debilidad de la mujer frente al hombre, que por el hecho de ser mujer, se la considera inferior y necesitada de protección, siempre “víctima”.
6. Eliminación del término machismo, por discriminatorio y excluyente, de toda la legislación.
Los móviles por los que hombres y mujeres agreden o quitan la vida a sus compañeros son los mismos (celos, posesión desmedida, infidelidades, desequilibrios psíquicos, por herencias, por dinero…), y todo estudio riguroso demuestra la multidireccionalidad de la violencia en el ámbito doméstico.
Por lo tanto, la normativa no debe aludir a circunstancias o supuestos –como el machismo- que tan sólo pueden aplicarse a un sexo, excluyendo de su tratamiento a las mujeres homicidas o a las víctimas homosexuales. La normativa ya contempla numerosos agravantes, por lo que son discriminatorios y sexistas cualquier agravante adicional que pueda aplicarse por el mero sexo de nacimiento de la agresora/or y el agredido/a.
7. Se solicita la potenciación de órganos de mediación para las situaciones de separación y divorcio, en el que ambos progenitores sean tratados con un criterio de igualdad.
Mediación obligatoria en caso de existencia de hijos comunes. Fomento de la profesionalización de la mediación como fórmula extrajudicial de resolución de los conflictos inherentes a situaciones de rupturas de pareja.
8. Instauración como mejor modelo de coparentalidad, de la custodia compartida como régimen de responsabilidad parental preferente, que permita que los niños no tengan que separarse de facto ni de su padre ni de su madre. Modificación de la Ley del Divorcio.
Una vez alcanzada la mayoría de edad de los hijos comunes, o antes si tuvieren independencia suficiente, se valorarán sus necesidades formativas, de manutención, y otros elementos que midan el grado de dependencia del/los progenitor/es que hasta el momento ejercitara/n la guardia y custodia, para determinar si procede el desembolso de la pensión alimenticia directamente al hijo.
9. Modificación del artículo 96 y del párrafo segundo del artículo 103 del Código Civil.
Liquidación de la vivienda familiar y bienes gananciales en el momento de la separación o divorcio, o en un plazo transitorio razonable, de acuerdo con unas reglas determinadas que aseguren el bienestar de los menores implicados sin que por otro lado se perpetúen situaciones propias de sociedades machistas, como una manutención indefinida de un progenitor sobre otro.
10. Implantación de una Jurisdicción especializada única de Familia que sustituya los llamados Juzgados de Violencia de Género.
11. Persecución de las denuncias falsas como lacra que perjudica gravemente los intereses de las mujeres que sí sufren auténtico maltrato y requieren de tutela pública, lacra que vulnera derechos fundamentales a miles de hombres y niños, y separa de hecho y sin justificación a padres e hijos. Restitución de la presunción de inocencia. No se debe permitir un tratamiento diferente de la Ley, ni de los protocolos de actuación, según el sexo de la supuesta agresora/agresor y agredido/a.
12. Lucha contra el fraude por violencia “de género”, de forma que los recursos disponibles –siempre escasos- se apliquen para la atención de los ancianos, mujeres, hombres y niños que sufran una verdadera situación de maltrato, de acuerdo con su grado de vulnerabilidad.
Desde el ámbito municipal, seguimiento, por parte de los profesionales locales, ante síntomas de connivencia entre denunciante y denunciado, o bien ante indicios de denuncias falsas o fraudulentas, para obtener rentas de subsistencia de forma dolosa.
Información a las fuerzas de orden público y denuncia a las autoridades competentes para la retirada, y devolución, de los subsidios obtenidos de forma abusiva. Campañas de concienciación para evitar falsas denuncias y la vulneración de derechos ocasionados a hombres y niños por impedirles relacionarse mutuamente, y con toda su familia extensa.
13. Se garantizará que los cuerpos de seguridad realicen detenciones sólo si se cumplen los requisitos exigidos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, es decir, en los supuestos en que se aprecie gravedad y riesgo para la presunta víctima, con el fin de evitar detenciones ilegales contra inocentes que tan sólo pueden repercutir en el agravamiento de los conflictos familiares, criminalizándolos de forma innecesaria, con grave vulneración de sus derechos fundamentales.
Desde la “ideología de género” se han impulsado, durante años, utilizando los recursos del Estado, campañas directas y sublimizares para crear una percepción distorsionada que no se corresponde con la realidad, según la cual, a priori, el hombre es siempre agresor y la mujer es siempre víctima. Mediante similares técnicas de censura y acoso al discrepante, todos los actores implicados (fuerzas de orden público, jueces, funcionarios judiciales…) se sienten amenazados por las intimidaciones de la ideología “de género”, por posibles sanciones y pérdida de su puesto de trabajo, por lo que se llega al extremo de que se realizan miles de detenciones ilegales amparadas por la ideología en el poder.
14. Reconocimiento de mayores derechos de la familia extensa del progenitor no custodio, en particular los hermanos y abuelos, para relacionarse con el menor de edad, cuando aquel no quiere o no puede disfrutar de una relación paternofilial normalizada.
15. Promoción de políticas estatales de apoyo para las familias en situación de separación y divorcio: servicios específicos para la búsqueda de empleo, de vivienda, para paliar los efectos negativos que la actual normativa provoca en los menores implicados (separación de padres e hijos, manipulación del progenitor custodio alienador…). Creación de un teléfono alternativo al famoso 016, reconocido como ineficiente por sus creadores, que esta vez atienda a hombres y mujeres sin discriminación por razón de sexo Además de la persistencia de las cifras de muertes en el ámbito doméstico, el propio
Delegado del Gobierno para la Violencia “de Género”, Miguel Lorente, ha reconocido que el 60% de las llamadas que recibe el teléfono 016 proceden de hombres que se sienten discriminados por el hecho de serlo, y se quejan de la desigualdad ante la Ley y la justicia a la que se ven sometidos, con graves consecuencias para los derechos de sus hijos menores de edad.
16. Apertura de Puntos de Atención al Ciudadano para situaciones de violencia doméstica, para información, asistencia y servicios a ancianos, hombres, mujeres y niños que sufran algún tipo de maltrato en el ámbito familiar, sustituyendo a los actuales, excluyentes, de atención exclusivamente a mujeres.
En caso de existir dichos servicios exclusivamente para ciudadanos mujeres, se ampliarán los destinatarios de sus servicios para que atienda a los ancianos, hombres y niños que actualmente se encuentran violentados, desprotegidos y en desamparo.
17. Apertura y financiación de los llamados Puntos de Encuentro Familia (PEF), como servicio que garantiza, en mayor medida, el respeto de los derechos y bienestar de los menores implicados, así como previene posibles situaciones de maltrato o denuncias fraudulentas entre progenitores.
Nuevos concursos públicos para conceder este servicio a asociaciones no excluyentes y no vinculadas a la ideología de género, debido a su carácter excluyente y discriminatorio.
18. Los diferentes servicios y puntos de atención al ciudadano propuestos han de estar atendidos por profesionales independientes, neutrales y con orientación igualitaria, y por tanto sin sesgo ideológico “de género”. Especial consideración debe tener la contratación de psicólogos y trabajadores sociales
sin contaminación ideológica, por la circunstancia de que sus peritaciones tienen a menudo graves consecuencias en el ámbito judicial.
Las posiciones radicales, como el integrismo o la ideología “de género”, ambas denigrantes de la mujer, y la segunda excluyente y discriminatoria para el hombre, suponen una grave involución de los valores constitucionales y se retroalimentan de la mayor conflictividad que provocan, por lo que, lejos de facilitar una resolución dialogada de los problemas derivados de las rupturas de pareja, contribuyen a perpetuar el enfrentamiento e incrementan el maltrato mutuo y la violencia.
19. Esta Plataforma defiende el principio de mérito y capacidad frente a la ineficiencia de la llamada “paridad” por razón de sexo, de por sí discriminatoria, por lo que ha de respetarse la independencia entre sexos, sin que se favorezca ni discrimine ni a hombres ni a mujeres ni a sus representantes, para la composición de órganos consultivos, así como para un reparto equilibrado de los recursos públicos.
a. Compromiso de velar por una gestión de los recursos públicos que no sea discriminatoria por razón de sexo, tal como contempla la normativa vigente, de forma que se impida el acceso a programas y recursos municipales a  asociaciones y otras entidades excluyentes por razón de sexo, esto es, que estén constituidas exclusivamente por hombres o por mujeres, atendiendo tanto a su composición real (en % manifiestamente mayoritario) como a lo dispuesto en sus Estatutos.
b. Las comisiones consultivas, observatorios, y otros órganos destinados a asesorar a las autoridades nacionales, tendrán también una composición no excluyente ni discriminatoria respecto a los colectivos (hombres/mujeres) que representen. De acuerdo con la normativa y prácticas que ellos mismos promueven (“paridad” entre sexos), se velará para que no predominen representantes sólo de hombres o sólo de mujeres.
i. Se ha de impedir la presencia en estos órganos a asociaciones y otras entidades excluyentes por razón de sexo, esto es, que estén constituidas exclusivamente por hombres o por mujeres, atendiendo tanto a su composición real (en %) como a lo dispuesto en sus Estatutos.
ii. Se ha de impedir, igualmente, la presencia de asociaciones o entidades que, inspiradas en posiciones radicales, defienden tratamientos discriminatorios y la desigualdad ante la Ley por razón de sexo, como por ejemplo el integrismo -denigratorio de la mujer-, por un lado, o la ideología “de género” discriminadora y criminalizadora del varón, por otro.
En definitiva, tan sólo han de estar legitimados para participar en órganos consultivos y gestionar recursos públicos, asociaciones y entidades no excluyentes (ni de hombres ni de mujeres) y no radicalizadas, estas son, las representantes de padres y madres, de abuelos separados de sus nietos, de hijos de padres separados, de segundas parejas, las del feminismo sensato pro-igualdad y las Plataformas ciudadanas no excluyentes.
20. Compromiso de adoptar una terminología basada en criterios de igualdad y no discriminación por razón de sexo, que respete la presunción de inocencia y no contribuya a la vulneración de derechos fundamentales de hombres ni a un estado -de facto- de separación de padres e hijos:
a. La terminología utilizada, naturalmente, no ha de contribuir a criminalizar ni estigmatizar a ningún ciudadano por el mero hecho de haber sido denunciado por otro ciudadano: el “denunciante” es “denunciante”, no “víctima”, y el “denunciado” es “denunciado”, no “agresor” ni “maltratador”.
b. La expresión “violencia de género” es por sí misma excluyente, en cuanto deja desprotegidos, conscientemente, a colectivos altamente vulnerables que sufren violencia severa: ancianos, minusválidos, mujeres agredidas por otras mujeres, niños asesinados por sus madres y otros familiares, hombres en situación de vulnerabilidad… Este concepto ha de ser sustituido, en todo el derecho originario y derivado, y en su aplicación, por “violencia doméstica”, como término no
excluyente de cualquier persona vulnerable.
c. Un padre o madre -progenitor no custodio- no “visita” a sus hijos, sino que comparte tiempo con ellos. Expresiones como “visitas” o “régimen de visitas”, han de sustituirse, tanto en el significado como en la forma, por “convivencia”, “tiempos de convivencia”, “régimen de relación, contacto y convivencia”, “plan de relaciones familiares”, “plan de coparentalidad”, o “encuentros”, si se trata de contactos sin pernocta con el otro progenitor.
21. Se fomentarán seminarios, conferencias, mesas redondas y otros encuentros para propiciar la búsqueda de soluciones y el debate ante el problema de la violencia y la desigualdad ante la Ley en el ámbito doméstico, invitando a las diferentes posiciones y sensibilidades, sin censura de los planteamientos críticos con la ideología “de género”, tal como se realiza actualmente con tintes totalitarios.
El feminismo radical (así definido, entre otros, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía), casi ha conseguido instaurar un pensamiento único, expresado por la “ideología de género”, con mecanismos publicitarios y de censura propios de regímenes dictatoriales. Muchos ciudadanos han sido insultados sistemáticamente cuando se limitan a manifestar, en el ejercicio de la Libertad de Expresión, discrepancias con el adoctrinamiento oficial, y muchos se han sentido amenazados por los defensores de la tiranía “de género”.
Ante el creciente número de hombres, mujeres y niños asesinados en el ámbito doméstico, la búsqueda de soluciones efectivas ya no se puede permitir la actual censura hacia el que discrepa de las fracasadas políticas “de género”.
22. Respecto a la custodia compartida, o el reparto equitativo de derechos y deberes de ambos progenitores, incluidos tiempos aproximados de cuidados y compañía, respecto a los hijos comunes, añadimos los siguientes postulados, aprobados por los órganos de gobierno de la PCI en octubre de 2010:
Desde la Plataforma Ciudadana por la Igualdad consideramos la custodia compartida, en términos generales, como el mejor modelo, de entre los posibles, para garantizar el bienestar y derechos del menor. Entendemos custodia compartida como un régimen de convivencia para el menor que sea equitativo en tiempo, responsabilidades y derechos, para con ambos progenitores.
Los avances normativos en esta materia han de caminar, inequívocamente, para
garantizar el derecho irrenunciable del menor a disfrutar, de forma equitativa, de la compañía y afecto de ambos progenitores, con especial cuidado de que, este derecho, no pueda verse mermado por estrategias obstruccionistas de cualquiera de ellos.
En los casos en que ambos progenitores no hayan llegado a un acuerdo previo sobre el régimen que consideran más adecuado para los hijos comunes, respecto al reparto de responsabilidades y tiempo de convivencia, abogamos por que el Juez haya de ordenar un régimen equitativo -en tiempo y responsabilidades- respecto a ambos. Solamente debería ser viable un fallo de custodia monoparental, ante la petición coincidente de ambos progenitores para uno de los dos, o ante situaciones flagrantes y demostradas de que implicaría un perjuicio para el menor. En todo caso, tal decisión habría de ser excepcional y ha de estar suficientemente motivada. El derecho del menor, de un régimen con reparto equitativo de tiempo y responsabilidades, no puede verse vulnerado ante la existencia de una mera
denuncia, o de un proceso judicial de orden penal como la violencia doméstica o la llamada “violencia de género”. Incluso si existe una condena firme, habría que atener al tipo de delito o falta, su gravedad o levedad, su carácter ocasional o habitual, y otros factores. La exclusión de un régimen de custodia compartida habrá de estar debidamente justificada, y motivada a la vista de los autos y pruebas
aportados, en el sentido de que el contacto con el progenitor excluido supone un riesgo o un perjuicio cierto para los menores.
Las modificaciones normativas han de introducir indemnizaciones y sanciones punitivas efectivas y crecientes, para el progenitor que impida, en vez de fomentar, el contacto de los hijos con el otro progenitor y/o con la familia extensa de éste. Hay que poner fin, también, al vacío legal que permite, en situaciones de ausencia de resolución judicial y/o de hijos fuera del matrimonio, el literal secuestro del menor por uno de los progenitores, abusando de los retrasos derivados de la falta de recursos de la justicia.
La capacidad y actitud de los progenitores, para facilitar y no impedir las relaciones de los hijos con el otro, habrá de ser considerada positivamente en sede judicial, como un criterio esencial para la determinación del reparto de tiempos y responsabilidades.

La Plataforma Ciudadana por la Igualdad advierte también del peligro de alterar el principio de igualdad de los ciudadanos, en este caso de los menores de edad, ante la proliferación de normativas en las diferentes Comunidades Autónomas, que deriven en disparidad de derechos del menor en función del territorio de nacimiento o de residencia. Aunque damos la bienvenida a los desarrollos normativos realizados, o en proyecto, por ejemplo en Navarra, Aragón -o Valencia-, que suponen mayores  garantías para los menores allí residentes, abogamos por centrar los esfuerzos en
una legislación de ámbito Estatal que unifique criterios y derechos, en vez de caminar hacia 17 regímenes diferentes, que plantearán, en el futuro, otros problemas derivados de competencias territoriales, o de cambios de residencia forzados del menor, a la búsqueda, por el progenitor obstructor, de la normativa más acorde con sus propios intereses.
Información a la opinión pública y asociaciones de afectados:
La Plataforma Ciudadana por la Igualdad, a la vista de las recomendaciones y programas electorales, de los diferentes partidos políticos, para los próximos comicios electorales, informará a las asociaciones y otros colectivos de padres y madres separados, plataformas por la custodia compartida, asociaciones de abuelos, asociaciones de hijos de padres separados, asociaciones de segundas parejas y a organizaciones feministas pro-igualdad contrarias a la ideología “de género”, de los compromisos asumidos por cada partido político, contrastados con las presentes orientaciones y los fines y objetivos de la Plataforma.
De acuerdo con las cifras de hombres denunciados, separación de padres e hijos, de hermanos, de abuelos y nietos, criminalización del varón por faltas o desavenencias cotidianas de pareja, hombres encarcelados con el único indicio de la declaración de la denunciante, o suicidios masculinos, la PCI calcula que unos 4.000.000 de votantes inclinarán su voto hacia el/los partidos políticos que anuncien la corrección de las discriminatorias y sexistas leyes “de género”.
Hacemos un llamamiento a la militancia de base de todos los partidos, a sus cuadros técnicos y a sus asesores, para que promuevan estas medidas incluyéndolas en los programas electorales, de forma que contribuyan a minimizar en lo posible los efectos perniciosos de la discriminatoria e injusta normativa actual. Animamos a todos a promover estas acciones en aras a reducir la conflictividad familiar, la eliminación de las posiciones de abuso y maltrato, y conseguir una sociedad más igualitaria y justa para nuestros hijos.
Plataforma Ciudadana por la Igualdad
Septiembre de 2011
http://plataformaporlaigualdad.es/?tag=plataforma-ciudadana-por-la-igualdad

El pleno de Salobreña apoya por unanimidad la custodia compartida

Martes 20 de septiembre de 2011
Los miembros de la corporación municipal aprobaron ayer la propuesta elevada por los tres grupos políticos de la Diputación Provincial referente a la custodia compartida como régimen preferente en los supuestos de separación o divorcio.

La intención es que el Gobierno de la Nación lleve a cabo las modificaciones legislativas oportunas para que este régimen sea el preferente y no excepcional, como apuesta por la igualdad efectiva y en defensa del interés superior del menor, aunque con exclusión expresa para los casos de violencia de género.
La iniciativa tiene entre sus promotores a la Federación Andaluza de Padres por la Custodia Compartida, cuyo presidente, José Antonio Caparrós, ha dialogado esta mañana con Radio Salobreña. Entre otras cuestiones, ha puntualizado que en su propuesta destaca en todo momento el interés superior del menor por sobre el de los padres, y en ese sentido van las negociaciones con los partidos políticos para la reforma legislativa.
Caparrós asegura que existen más de medio centenar de estudios internacionales que avalan que la custodia compartida es lo mejor para el menor, y ninguno que diga lo contrario. Para esta entidad, el interés superior el menor radica en seguir manteniendo el mismo estilo de vida de antes de la separación, porque de lo contrario pierde a uno de sus referentes, que en la gran mayoría de los casos es el padre.
Respecto a esta última afirmación, Caparrós señala que el ser único custodio de un menor “esclaviza en cierta medida” y lo condena a no poder desarrollar otros aspectos de su vida. Señala asimismo que los abuelos también resultan muy afectados en esta situación, ya que por lo general los maternos son los que tienen un mayor contacto con sus nietos que los paternos. En este sentido, indica que se ha acaba de crear en Andalucía el colectivo Abuelos por la Igualdad.
La Federación Andaluza de Padres por la Custodia Compartida afirma que no pretende en ningún caso la eliminación de las aportaciones económicas de uno de los progenitores. En este sentido, proponen la creación de una cuenta bancaria común para los menores en la que cada uno aporte una cuantía económica acorde con su salario, tanto en hombres como en mujeres. También aquí la intención es que la forma de vida del menor no sufra un cambio drástico tras la separación.

Pajín destina más de 300.000 euros a una escuela virtual de igualdad

30-09-2011 
El BOE publica un concurso para impartir estas clases. El objetivo, “incorporar el enfoque de género”.
I. Moreno. Madrid
Un total de 338.983,05 euros para un programa virtual de paridad. El Instituto de la Mujer, dependiente del ministerio que dirige Leire Pajín, publicó el pasado martes en el BOE un concurso público que destina esa cantidad a organizar, coordinar e impartir cursos de formación en igualdad de oportunidades para el presente año y el ejercicio que viene.
Los cursos se enmarcan dentro de la Escuela Virtual de Igualdad, un programa cofinanciado por el Fondo Social Europeo y que, según describe su propia web, ofrece formación online en esta materia con cuatro objetivos: “Sensibilizar a hombres y mujeres en el valor de la igualdad como eje para el desarrollo social; promover que el empleo sea un ámbito donde mujeres y hombres se desarrollen profesionalmente en iguales condiciones de capacidad y oportunidad; apoyar las potencialidades de las mujeres y la atención a sus necesidades sociales, para su pleno desarrollo en igualdad; y dotar de herramientas a las organizaciones empresariales para fomentar la igualdad de oportunidades y el equilibrio entre la vida personal, familiar y profesional de toda su plantilla”.
Estos cursos gratuitos, que se crearon en 2007, constan de dos niveles. El primero, básico, está dirigido a aquellos interesados en materia de igualdad, mientras que el avanzado está pensado para personas vinculadas a la gestión y orientación para el empleo, a los servicios sociales y a las empresas. Todo con el objetivo de “incorporar el enfoque de género” a través del estudio de los feminismos en la historia, la invisibilidad de las mujeres en el lenguaje o las cuotas de participación. Una vez finalizado el curso y superadas las pruebas de evaluación, el alumno recibe un certificado acreditativo. LA GACETA solicitó al Instituto de la Mujer información sobre la validez del mismo, y el nombre de las empresas adjudicatarias en anteriores ediciones, pero no obtuvo respuesta.
En la portada de la web es Bibiana Aído, que aún figura como ministra de Igualdad, la que se encarga de ensalzar los logros de esta particular escuela. Casi 9.000 personas se formaron en la edición de 2008, una demanda que, según la entonces ministra, “da una pista del importante cambio social que estamos experimentando, con un alto grado de sensibilización que tiene también su reflejo en las instituciones, con el apoyo del Gobierno, que en esta legislatura incorpora las políticas de género a nivel ministerial”. Según datos publicados por el Instituto que dirige Teresa Blat, más del 40% de los alumnos que han asistido a estos cursos en pasadas ediciones era del sector público, un 35% del privado, y en porcentajes de escasa representación, de asociaciones y sindicatos.
Dispendios
La austeridad económica no ha llegado al Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, que a los más de 300.000 euros que ha destinado a esta escuela suma otros dispendios, como el millón y medio que dedicó en junio a fomentar la paridad en las pymes y a que las ONG velasen por la participación de la mujer.
  • http://www.intereconomia.com/noticias-gaceta/sociedad/pajin-destina-mas-300000-euros-una-escuela-virtual-igualdad-20110929
  • El Centro Compañía lleva una década luchando contra la brecha digital de género

    El servicio de alertas electrónicas en temas de igualdad tiene 1.050 usuarios suscritos y envía una media de ocho alertas mensuales
    27/09/2011
    Centro Compañía del Ayuntamiento de Pamplona
    Hace 10 años que el Centro Compañía trabaja para minimizar la brecha digital de género, es decir, para avanzar por el camino de lograr la igualdad real de hombres y mujeres en todos los ámbitos, también en el de competencia digital, tal y como recogen los objetivos del Plan de Igualdad de Oportunidades de Pamplona. La premisa: “si la sociedad es sexista la red reflejará esta situación’. Por ello el reto para la mujer no es sólo saber usar la red, sino ocupar el espacio que en ella le corresponde.
    El Centro Compañía, ubicado en el número 29 de la calle que le da nombre, trata de contrarrestar esta dinámica y es, desde 2001, un centro multimedia de información, formación y acceso a las tecnologías de la información y comunicación (TIC) para las mujeres de Pamplona, las asociaciones de mujeres y la ciudadanía en general. Si en 2001 contaba con 1.900 usos, en este año 2011 ya se han alcanzado los 10.200. Este año 750 mujeres se han acercado a sus aulas para recibir formación en 72 cursos, y eso que la demanda más que duplica cada año la oferta disponible (en 2010 hubo 1.725 solicitudes para 634 plazas).

    Sobre su evolución y funcionamiento han informado esta mañana a la Junta de Gobierno Local La concejala delegada de Bienestar Social del Ayuntamiento de Pamplona, Ana Lezcano, y la directora de esa área municipal, María Jesús Vicente que han querido recordar que, dentro de su función pedagógica el centro, sin perder de vista la actividad formativa y de apoyo al uso de las TIC, es desde 2008, además, un punto de información a la mujer (http://igualdad.iturbrok.com/).
    Menos cambios en el perfil de usuario que en la tecnología.
    Poco ha cambiado el perfil de las usuarias desde los inicios de esta aventura. Durante el año una mujer de 45 a 55 años, con estudios elementales, que desea adquirir competencia digital. Y durante el verano, una mujer de 35, con estudios secundarios, que acude acompañada por sus hijos pequeños, que también tienen contenidos pensados para ellos bajo la idea de ‘conciliación familiar´.
    Si el primer curso del centro, allá por 2002, fue ‘Aprender a usar el ordenador’ la década ha consistido en sumar nuevos contenidos, no en modificalos. Hoy al mero manejo del ordenador se suman destrezas como hacer álbumes digitales con Picassa o participar en redes sociales (facebook, twitter, etc.) con seguridad.
    Los cursos son en tandas de mañana o tarde (de 10 a 12 horas y de 17.30 a 19.30 horas) y se dividen por segmentos de edades para adaptarse a las características de cada grupo de usuarias. El enfoque de las clases tiene siempre un carácter práctico para ayudar a resolver necesidades reales.
    http://www.diariodenavarra.es/noticias/navarra/pamplona_comarca/pamplona/el_centro_compania_lleva_una_decada_luchando_contra_brecha_digital_genero_41402_1702.html

    Acto Presentación Custodia Compartida Alicante

    Viernes, 30 de Septiembre, 2011
    PRESENTACIÓN ASOCIACIÓN CUSTODIA COMPARTIDA ALICANTE

    PRESENTACIÓN J.L.INIESTA
    Presidente Asociación Custodia Compartida Alicante
    http://www.alicantecustodiacompartida.com/gmedia/presentacion/testimonios/JL.INIESTA_A.C.C.A.24.09.11.mp3

    PRESENTACIÓN ACTO SONIA CASTEDO
    Alcaldesa de Alicante PRESENTACIÓN-SONIA CASTEDO ACCA
    http://www.alicantecustodiacompartida.com/gmedia/corporaciones/alicante/SONIA_CASTEDO_ACCA_24.09.11.mp3

    TESTIMONIOS EN PRIMERA PERSONA

    M. Rubio
    http://www.alicantecustodiacompartida.com/gmedia/presentacion/testimonios/M.RUBIO_A.C.C.A_24.09.11.mp3

    M.MATEU
    http://www.alicantecustodiacompartida.com/gmedia/presentacion/testimonios/M.MATEU_A.C.C.A.24.09.11.mp3

    A.GIMENO
    http://www.alicantecustodiacompartida.com/gmedia/presentacion/testimonios/A.GIMENO-ACCA-24.09.11.mp3

    J.QUESADA
    http://www.alicantecustodiacompartida.com/gmedia/presentacion/testimonios/J.QUESADA_A.C.C.A.24.09.11.mp3

    PONENCIAS

    PONENCIA J.M. MIRALLES
    Dirección General de Coordinación del Desarrollo Estatutario de la Comunidad Valenciana
    http://www.alicantecustodiacompartida.com/gmedia/presentacion/ponencias/JM.MIRALLES_A.C.C.A.24.09.11.mp3

    PONENCIA J.BRONCHAL
    Perito psicólogo
    http://www.alicantecustodiacompartida.com/gmedia/presentacion/ponencias/J.BRONCHAL_A.C.C.A.24.09.11.mp3

    PONENCIA L.AREGO
    Abogado de la Federación de Asociaciones de Custodia Compartida
    http://www.alicantecustodiacompartida.com/gmedia/presentacion/ponencias/L.AREGO_A.C.C.A.24.09.11.mp3

    PONENCIA L.LAFORET
    Escritora, Autora del libro "Amores Compartidos"
    http://www.alicantecustodiacompartida.com/gmedia/presentacion/ponencias/S.LAFORET_A.C.C.A.24.09.11.mp3

    Entrevistas medios radiofónicos
    Entrevista ACCA, en Radio Expres Elche con motivo de la presentación 20.09.11
    http://www.alicantecustodiacompartida.com/gmedia/aud/ACCA-A.TRAVE-20.09.11-RADIO_EXPRES.mp3

    Entrevista ACCA, en Onda Cero Elche 26.09.11
    http://WWW.alicantecustodiacompartida.com/gmedia/medios/onda_cero/ACCA_26.09.11_ONDA_CERO_ELCHE.mp3

    Nota de Prensa del Evento

    La cita era en un sitio emblemático de la provincia signo de lucha y avance de la sociedad Alicantina el castillo de S. Bárbara.
    La Asociación Custodia Compartida Alicante, hizo su presentación este pasado sábado ante la sociedad.
    En un emotivo acto inaugurado por Sonia Castedo, donde mostró el apoyo y el deseo de la ciudad de Alicante y los municipios de toda la provincia que la Custodia Compartida sea una realidad.
    Sonia Castedo anunció que el próximo jueves se aprobará por el Pleno del Ayuntamiento de Alicante una Moción a favor de la Ley Valenciana de Custodia Compartida, su vigencia y la necesidad de que el régimen de Custodia Compartida sea el modelo preferente tras la ruptura familiar.
    Se desbordaron plenamente las previsiones de la Organización.
    Más de 300 personas se dieron cita en este acto de presentación concurriendo representantes tanto de Generalitat Valenciana, Diputación de Alicante y de los Aytos. entre otros, de Alicante y Elche.
    Se contó con la presencia de las Asociaciones pro Custodia Compartida existentes en la Comunidad Valenciana, Castilla La Mancha y Madrid.
    Custodia Compartida Valencia, Custodia Compartida Castellón, Custodia Compartida Gandía, Custodia Compartida Almansa, Custodia Compartida Albacete ,Custodia Paterna Madrid ,Federación Asociaciones Custodia Compartida y A.S.D.A Alicante
    Testimonios en primera persona de las madres y padres de la asociación junto a las ponencias de José Manuel Miralles, Julio Bronchal, Luis Arego, y la escritora Silvia Laforet, aportaron su visión sobre la Custodia Compartida concluyendo que es la mejor opción para el desarrollo de los menores.

    El presidente José Luis Iniesta finalizó el acto anunciando el desarrollo del proyecto Observatorio de Menor en la provincia de Alicante, junto al Congreso Internacional sobre Custodia Compartida que se tiene previsto celebrar en la provincia.
    Coincidiendo todos los asistentes en la necesidad de avance de la sociedad, en un aspecto tan esencial como es el desarrollo de nuestros hijas e hijos.
    Adquiriendo todos los asistentes el compromiso que como Valencianos y Españoles, tenemos de defender el desarrollo integral e igualitario de nuestros hijos, en todo el territorio Español.
     Siendo principios básicos reconocidos en la Constitución Española de 1978 y Declaración de los Derechos del Niño de 1959 de Naciones Unidas.
    Custodia Compartida Ya!!!!!!!!!!!!!!!!
    comunicacion@alicantecustodiacompartida.com
    www.alicantecustodiacompartida.com
    http://www.facebook.com/permalink.php?story_fbid=279455908750624&id=186263167814#!/notes/jos%C3%A9-quesada-valdivieso/acto-presentaci%C3%B3n-custodia-compartida-alicante/2473301837674

    Una web alerta sobre violencia de género entre jóvenes

    EL PAÍS - Bilbao - 29/09/2011
    El Gobierno vasco ha abierto una web dirigida principalmente a la gente joven, y en concreto a las mujeres, en la que se ofrece información sobre pautas y recursos sobre la violencia de género con el objetivo de prevenir y abordar esta problemática entre la juventud. La directora de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género, Mariola Serrano, presentó ayer esta página web con el lema Ez isildu!-A¡No te calles! que quiere ayudar a la juventud a identificar en las primeras fases actitudes machistas.
    Serrano ha recordado, según informa Efe, los datos hechos públicos la pasada semana que indican que en el primer semestre de 2011, un total de 1.952 mujeres fueron víctimas de violencia machista en el País Vasco (un 10% más que en el mismo periodo del pasado año), de las cuales 539 tenían entre 15 y 29 años. En cuanto a los agresores, el 58% tenía entre 18 y 40 años y el 2,6 % era menor de edad.
    Serrano subrayó la importancia de estos datos para justificar la necesidad de esta web que incluye información destinada a reconocer actitudes de violencia machista y ayuda para saber qué hacer, así como un blog o un buzón de consultas confidencial online, y conexiones a unos perfiles creados en facebook, tuenti y twitter.
    Junto a Serrano compareció en la rueda de prensa Arantza Núñez, una de las responsables de esta web, quien ha explicado que a las mujeres jóvenes les cuesta identificar cuándo están siendo objeto de violencia y que por ello es importante que sean capaces de reconocer los primeros pasos de la violencia, los "micromachismos", para "crear barreras", destacó.
    http://www.elpais.com/articulo/pais/vasco/web/alerta/violencia/genero/jovenes/elpepuespvas/20110929elpvas_8/Tes

    SAP: Síndrome de Alienación Parental en hijos de padres divorciados

    2011-09-22   Por: Alejandra Rodas | Fuente: Redacción starMedia
    El Síndrome de Alienación Parental (SAP) afecta a los hijos de padres divorciados que se enfrentan generando odio hacia alguno de sus padres
    El Síndrome de Alienación Parental afecta a los hijos de
     padres divorciados que se embarcan en una batalla entre ellos
    La separación entre dos adultos que han llegado a un punto crítico, y sin retorno, de su relación de pareja, puede tener víctimas inocentes: los hijos.
    La separación sde dos esposos se vuelve más grave cuando entre los padres se genera un conflicto que puede convertirse en una batalla judicial feroz.
    Cómo si se tratar de un botín de guerra, los pequeños suelen quedar en medio del fuego cruzado entre ambos.
    Suele ocurrir, en este contexto conflictivo, que uno de los progenitores buscan inculcarles odio hacía el otro. Este comportamiento entraña el riesgo de hacerlos padecer un Síndrome de Alienación Parental, o por sus siglas, SAP.
    El Síndrome de Alienación Parental es un trastorno es habitual en hijos cuyos padres dirimen en la justicia la guarda y custodias de estos.
    Ha habido casos resonantes en los que un padre o una madre puede incluso sacar a sus pequeños fuera de su país de residencia, para alejarlos de su ex.
    Por esta razón, es fundamental resguardar los menores de las disputas entre los adultos para evitar que sufran del Síndrome de Alienación Parental.
    Dado que no pidieron nacer y necesitan que se resguarde su integridad psicológica y emocional, hay que velar por su bienestar.
    http://mujer.starmedia.com/familia/sap-sindrome-alienacion-parental-en-hijos-padres-divorciados.html

    Ojo al dato

    25.09.11 - FRANCISCO SÁNCHEZ DE MUNIÁIN Y GIL (ACCIÓN FAMILIAR)
    El año 2010, de cada cuatro matrimonios tres terminaron en divorcio o, si se prefiere, el 75% de los matrimonios terminaron en divorcio. Una cifra especialmente preocupante si diez años antes el número de divorcios era el 47%.

    Éxito del acto en apoyo al juez Serrano

    Viernes, 30 de Septiembre, 2011
    Arte Sacro. Ayer jueves 29 de septiembre a las 14 horas y en la terreza del Hotel Inglaterra (Plaza Nueva) tuvo lugar una concentración a favor del juez Serrano. A la misma han acudido más de cien personas. El manifiesto fué leido por la prestigiosa abogada de la familia, María Pérez Galván.
    Francisco Serrano ha sido procesado por modificar el régimen de visitas de un niño para favorecer a un niño para favorecer a un niño para que salga en una cofradía en la Semana Santa de 2010, una decisión avalada por la Audiencia Provincial.
    Profesionales del Derecho de Sevilla han expresado su apoyo y respeto al juez de Familia Francisco Serrano , que será juzgado la próxima semana por un delito de prevaricación, lo que ha motivado que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) le suspenda cautelarmente de sus funciones como titular del Juzgado de Familia número 7 de Sevilla, y han confiado en su "inmediata" absolución.
    En una nota, han opinado que las actuaciones desarrolladas por el juez respecto a la decisión tomada sobre la asistencia del niño como paje en la salida procesional de la Hermandad del Silencio "no supone motivo alguno para el drama personal que está sufriendo, pues se limitó a garantizar con eficacia el derecho fundamental a la libertad religiosa del niño de procesionar en la 'Madrugá' sevillana, máxime después de que su decisión fue avalada en todos sus términos por la Audiencia Provincial".
    En este sentido, han expresado su preocupación y alarma por el "grave" perjuicio "que sufre el buen funcionamiento de su Juzgado tras su suspensión" y han confiado en su "inmediata" absolución y en el restablecimiento de las funciones del mismo en el Juzgado de Familia número 7 de Sevilla.
    Asimismo, han querido dejar claro que el juez Serrano "no ha sido condenado por ningún Tribunal", por lo que han solicitado "coherencia y cautela" a los medios de comunicación a la hora de tratar la información sobre él. Por todos estos motivos, los firmantes del comunicado han convocado para mañana jueves, en el Hotel Inglaterra, un acto abierto de adhesión y apoyo al magistrado.
    http://www.artesacro.org/Noticia.asp?idreg=71317

    Editan una guía para formar a periodistas en buenas prácticas en la perspectiva de género

    El Consell de l'Audiovsual de Catalunya (CAC), el Col·legi de Periodistes (CPC) y el Instiut Català de les Dones (ICD) han publicado este jueves la guía 'Género y medios de comunicación. Herramientas para visibilizar las aportaciones de las mujeres', que explica las buenas prácticas en la perspectiva de género para periodistas y estudiantes de periodismo.
    29 de septiembre de 2011
    El Consell de l'Audiovsual de Catalunya (CAC), el Col·legi de Periodistes (CPC) y el Instiut Català de les Dones (ICD) han publicado este jueves la guía 'Género y medios de comunicación. Herramientas para visibilizar las aportaciones de las mujeres', que explica las buenas prácticas en la perspectiva de género para periodistas y estudiantes de periodismo.
    En rueda de prensa, el presidente del CAC, Ramon Font, ha explicado que la guía --en la que han participado una veintena de periodistas y de medios de comunicación-- se repartirá junto a un DVD de apoyo entre los medios de comunicación y las Facultades de Comunicación para que se use como recurso formativo de los profesionales de la información.
    El periodista Xavier Mas de Xaxàs ha explicado en representación del CPC que, a pesar de que las mujeres conforman el 50% de la población, solamente aparecen en el 23% de las informaciones periodísticas --frente al 77% de los hombres--, un dato que se reduce aún más en el caso de las mujeres que aparecen como políticas --15,5%-- y como expertas --el 9%--.
    El contenido de esta guía son, sobre todo, noticias reales sobre las que se proponen reflexiones, preguntas y aspectos a debatir, así como estadísticas y resultados de estudios de la praxis de los periodistas, e incorpora también un apartado de con recursos y recomendaciones para avanzar hacia un discurso informativo que tenga presente la dimensión de género.
    Por ello, Mas de Xaxàs ha asegurado que aún "hay que seguir picando piedra" para sensibilizar a los periodistas y a la población en general, a lo que la presidenta del ICD, Montse Gatell, ha añadido que quedan muchos problemas de género por resolver más allá de los porcentajes de aparición, y que pasan por cómo se tratan los contenidos relacionados con las mujeres: "Hay que mejorar cómo son vistas y sentidas las mujeres en las noticias".
    En este sentido, ha indicado que los medios de comunicación deben impulsar la formación de sus periodistas con recursos como esta guía y permitir que se superen las rutinas de la práctica periodística, acudiendo por ejemplo al Buscador de Mujeres Expertas, y rehuyendo en fin los estereotipos sobre las mujeres que siguen vigentes.
    La nueva delegada de Europa Press de Catalunya, Anna Cristeto, --que ha participado en el proyecto---, ha remarcado que se trata de una guía muy práctica porque pone de manifiesto los errores que diariamente tanto hombres como mujeres acometen en los medios de comunicación en cuanto a perspectiva de género.
    El proyecto fue impulsado en 2009 por las tres instituciones, y se ha desarrollado con la colaboración de la Asociación de las Mujeres Periodistas de Catalunya, el Observatorio de las Mujeres en los Medios de Comunicación y la Red Internacional de Mujeres Periodistas y Comunicadoras.
    http://www.que.es/barcelona/201109291354-editan-guia-para-formar-periodistas-epi.html

    Una madre mata a sus dos hijos en Jaén ahogándoles en el domicilio familiar

    policiales y sanitarios, junto al domicilio de las víctimas

    CARTA ABIERTA (PARA QUE SE SEPA) A LA JUEZ DE FAMILIA DE BADAJOZ

    Viernes, 30 de Septiembre, 2011
    Publicado por: Milagros Gómez
    Escrito por: Carlos Aurelio Caldito Aunión
    Carta abierta (para que se sepa) a la Juez de Familia de Badajoz
    Con la venia de Su Señoría, con el debido respeto que Su Señoría merece: Hace un par de días que he recibido una sentencia del Juzgado del que Su Señoría es titular, de la cual por supuesto no me he sorprendido, pues ya me anunció Su Señoría por dónde iban a ir “los tiros” en su “Auto de 31 de junio” del presente año (es tal el poder que Su Señoría posee
    que hasta se atreve a modificar el calendario…) en las “medidas cautelares” que Su Señoría tomó, a petición de la madre de mi hija.
    Supongo que no hace falta que le refresque demasiado la memoria acerca de quien soy. Soy el padre (iluso e incauto de mí que, durante años he pensado que en España aún había “jueces buenos”…) que hace poco más de cuatro años tuvo la ocurrencia de situarse todas las mañanas, durante el mes de mayo, junto al “palacio de justicia” de Badajoz, para exigir que no se le negara a su hija el derecho a “tener padre”. Puesto que en las múltiples ocasiones en las que me he visto obligado a acudir a Su Señoría, siempre he estado de “convidado de piedra, y no se me ha permitido hablar, “defenderme”,
    hacer las alegaciones que considerara oportunas para la defensa de mis
    intereses legítimos, y a Su Señoría nunca se le ha ocurrido solicitar mi
    opinión acerca de lo concerniente a la crianza y a la educación de mi hija, y
    es más, incluso me ha privado de la posibilidad de escuchar cuando se estaban
    dilucidando cuestiones relativas a mi hija, y a mí como padre, obligándome a
    situarme lo más lejos posible de Su Señoría, del fiscal, y de los abogados, a
    sabiendas de que sufro una profunda sordera (nunca olvidaré sus gestos de
    desprecio y sus amenazas de recurrir a la policía para expulsarme de la sala cuando
    le advertí que no lograba entender nada de nada…). Permita que le haga las
    siguientes reflexiones, todo ello sin ánimo de ofender o causarle daño de clase
    alguna, y con el respeto que Su Señoría merece.

    Señoría, dado que aún quiero seguir pensando (pues si
    acabara pensando de manera diferente, acabaría en una situación que los
    filósofos existencialistas denominan “angustia vital”, al llegar a la
    conclusión de que Su Señoría goza de completa impunidad, e inmunidad, y que no
    se somete al imperio de “la ley”, sino todo lo contrario… Lo cual, insisto, no
    deseo ni imaginar,…) y sigo asumiendo que la mayoría de los Jueces, Magistrados
    y Fiscales actúan en conciencia, movidos por el interés superior del menor
    (“favor filli” lo denominan Sus Señorías) interés que también es el mío, y de
    manera especial en lo que concierne a mi hija… Y ya que estoy seguro de tener
    la misma preocupación que Su Señoría, con el debido respeto, me atrevo a
    formularle las preguntas que siguen para que, si lo desea, responda a mis inquietudes/preocupaciones:
    – Pónganse en el caso de que tuviera que tomar una decisión sobre la guarda y
    custodia de una menor –mi hija, sin ir más lejos- observe atentamente sus dos
    manos, la izquierda y la derecha. Mírelas con detenimiento.

    ¿Cuál de ellas es la menos buena, cuál considera Su Señoría menos hábil? ¿Se la amputaría, por el simple hecho de ser menos hábil?Teniendo en cuenta la anterior cuestión:- ¿Para qué se pregunta Su Señoría, cada vez que dicta una sentencia de divorcio o separación, quién es el progenitor menos bueno?- ¿Intenta Su Señoría que el menor –mi hija, por ejemplo- conserve a los dos progenitores por igual, y que ambos, mamá y papá, sigan manteniendo un vínculo paterno-filial completo y sano con el menor; es su pretensión también que ambos progenitores puedan cumplir con su derecho y obligación de garantizar un entorno sano y saludable? Ahora les voy a rogar, quecuando dicte la próxima sentencia, piense en sus dos manos.

    Lo digo porque en mi caso, en el de mi hija, no parece que haya sido así, ni en sus últimas resoluciones, ni en las múltiples que Su Señoría ha dictado desde hace años para acá; por ponerle varios ejemplos: ¿Recurrió Su Señoría a la preservación del interés superior de mi hija cuando en una disputa que tuve años atrás con mi ex mujer, relativa a su educación y
    formación moral, decidió Su Señoría, con el apoyo entusiasta del Fiscal “de Menores” privarme del ejercicio de la patria potestad, durante varios años? ¿Fue también el “favor filli” el único interés que guió su resolución de hace casi cinco años, cuando le solicité que se modificara el régimen de comunicación y estancias de mi hija conmigo, de manera que estuviera menos desatendida, menos con terceras personas, “canguros”, y más con su padre, dado que su madre es una mujer muy ocupada que trabaja casi de sol a sol, y
    generalmente fuera de la ciudad de Badajoz? Le recuerdo, por si se le ha olvidado, que soy profesor y estoy jubilado.

    Señoría, si hace memoria, recordará que por entonces nos derivó a mi hija, a mí y a su madre al denominado “Equipo Técnico Psicosocial” adscrito al Juzgado de Familia (posteriormente he sabido que tales equipos no poseen control ni supervisión de ninguna clase, carecen de protocolos, no se registran en ningún “soporte” las entrevistas que realizan
    –para que no quede ningún rastro de sus tropelías- la selección del personal que lo integra no se realiza mediante ningún concurso-oposición de carácter público, y lo que es más grave aún: ¡No existe norma legal mediante la cual se hayan “creado” ni regulado…! ¡Oficialmente no existen…! ¿Se está, tal vez, incurriendo en “fraude procesal”?) y también recordará que le solicité que las miembros del Equipo Técnico Psicosocial comparecieran en juicio para que
    pudieran ser interrogadas por mi abogado y explicaran/fundamentaran el dictamen
    -absolutamente canallesco- que elaboraron, a manera de “informe pericial”….

    ¿Me negó Su Señoría tal petición, también, guiada por el “favor filli”, por el interés superior de mi hija, o quizá porque el Equipo Técnico, mejor dicho sus informes, son la perfecta coartada para condenar un día sí y otro también a cientos de menores a situaciones de orfandad de manera cruel, e innecesaria?

    Quiero creer que debido a alguna norma legal o debido a algún motivo “científico” que yo desconozco, Su Señoría ha llegado a la conclusión de que lo mejor para mi hija es que pase el menor tiempo posible conmigo. Espero que tenga Su Señoría la bondad de explicármelo. ¿O tal vez se trata de que Su Señoría ha llegado a la conclusión de que yo no estoy en
    disposición de darle una “buena educación” a mi hija; o no poseo la suficiente “aptitud moral”, o de que no estoy capacitado para inculcarle a mi hija buenos hábitos, o una vida ordenada y suficientemente disciplinada?

    ¿Ha hecho, y yo aún no me he enterado, Su Señoría alguna averiguación que le conduzca a la conclusión de que yo no poseo suficientes motivaciones o actitudes para el ejercicio de la paternidad, o tal vez se trata de que yo no tengo una relación de “suficiente calidad” con mi
    hija, y no poseo capacidad para procurarle suficiente equilibrio emocional, o el bienestar psicofísico adecuado? Lo digo porque en su sentencia de hace pocos días, afirma Su Señoría que da por probado que mi hija tiene “rechazo hacia la figura paterna” que ha sido generado a raíz de mi conducta, y añade que “como consecuencia de la actitud mantenida por el progenitor no custodio, en su intento de obtener una custodia compartida rechazada por su hija…”

    Permítame Su Señoría otra pregunta: ¿Qué sabe acerca de la Alienación Parental, inculcación maliciosa, programación y lavado de cerebro de menores?¿Me puede decir qué sabe Su Señoría, o qué formación ha recibido sobre Alienación Parental, inculcación maliciosa, programación y lavado de cerebro de menores?

    ¿Es consciente Su Señoría del grado de maltrato institucional a menores, en el que Su Señoría puede estar incurriendo, en el que Su Señoría es colaboradora necesaria, por dictar sentencias que afectan negativamente a la integridad moral de menores víctimas de la alienación parental, inculcación maliciosa y de la programación y lavado de cerebro?¿Tiene
    noticias Su Señoría sobre si la psicóloga y la trabajadora social que están adscritas al Juzgado de Familia conocen algo sobre alienación parental, inculcación maliciosa y programación y lavado de cerebro? En caso afirmativo ¿cómo lo pueden acreditar?

    ¿Conoce Su Señoría el protocolo que los Equipos Técnicos Psicosociales han de seguir en la valoración de los justiciables-usuarios? Es más, ¿Existe algún protocolo? ¿Es cierto que, como
    afirmó en el Congreso de los Diputados el abogado Sr. Zarraluqui, no existe norma legal de clase alguna, que regule el funcionamiento de los Equipos Técnicos Psicosociales? El señor Zarraluqui llegó a añadir que los Equipos Técnicos Psicosociales “son fantasmas” y que habría que empezar por “crearlos”.

    ¿Sabe Su Señoría si los Equipos Técnicos Psicosociales siguen todas las garantías procesales que prevé el ordenamiento jurídico vigente para las partes, y para el menor: presencia de las partes, aportación de documentación y testimonios, grabación de las entrevistas, historial
    psicológico / psiquiátrico previo, etc?

    Aunque aparentemente, le pueda parecer a Su Señoría que lo que sigue “es cambiar de tema”: si un virus atacara a una población, estaríamos ante una cuestión de salud pública. Si unos pocos españoles se intoxicaran con un lote de alimentos en malas condiciones, tendríamos, también un problema de salud pública.Algunos expertos, como Don José Manuel Aguilar Cuenca (autor del primer libro publicado en español sobre Alienación Parental) opinaba hace ya unos cuantos años, que por entonces eran más de 20.000 niños los que estaban siendo maltratados psíquicamente anualmente debido a la Alienación Parental.
    ¿Opina Su Señoría que estamos ante un caso de salud pública?

    ¿Qué papel piensa Su Señoría que debería tener usted como titular del Juzgado de Familia, en esta cuestión, así como los Equipos Técnicos Psicosociales?- Acerca de presuntas denuncias falsas por maltrato o abusos. Si Su Señoría se ha ocupado de asuntos relacionados con maltrato o abusos a menores inmersos en causas de divorcios contenciosos: ¿Conoce Su Señoría que dos de cada tres denuncias realizadas en contextos de divorcio no se acaban acreditando? ¿Sabe Su Señoría que según algunos estudios relativos al
    asunto, más de la mitad de las acusaciones en momentos de pleitos por custodias suelen ser falsas? ¿Tiene Su Señoría noticias de cuántas de las denuncias presentadas en España son falsas?

    ¿Tiene Su Señoría idea de cuántos menores han sido programados por el progenitor acusador (alienación parental) para que “recuerden” maltrato o abusos no cometidos (falsa memoria)? ¿Sabe Su Señoría si la Psicóloga y la Trabajadora Social que asesoran al Juzgado de Familia, conocen la alienación parental, inculcación maliciosa, y la programación y lavado de cerebro de menores, y por lo tanto son capaces de reconocer una falsa acusación?- Sé que la mayoría de jueces dictan sus sentencias “en conciencia”, y que lo hacen buscando el bien supremo del menor.

    De lo que no estoy tan seguro es de que los resultados que se obtienen coincidan con esos deseos; pues desgraciadamente el “favor filli” suele ser el comodín perfecto para que determinados jueces, fiscales y psicólogos, – todos ellos desde la “perspectiva de género”- justifiquen y plasmen en sus informes y sentencias cualquier barbaridad contra los derechos
    humanos y el sentido lógico.Ya sé que es una osadía por mi parte intentar rebatir o cuestionar el peculiar concepto que muchos jueces y fiscales tienen respecto del “favor filli”, puesto que sería impensable que yo me pueda comparar con ilustres profesionales que llevan años trabajando en el oficio y saben mejor que nadie cual es el favor filli, y más si se trata de menores que no son sus propios hijos… Permítame Su Señoría una nueva pregunta: Con el debido respeto ¿Suele recurrir Su Señoría a utilizar el “favor filli” como recurso/fundamento
    jurídico para otorgar la custodia monoparental, a las mamás por supuesto, justo lo contrario de lo que muchos pensamos que es lo que va en la dirección del interés del menor (el verdadero “favor filli”) y justo lo contrario de lo que indica la Ciencia?

    ¿Considera Su Señoría que cualquier hombre es sospechoso de machista y maltratador por tener la osadía de desear la Custodia Compartida de su hija –como es mi caso- desear seguir participando en igualdad de condiciones que la madre en su educación y su crianza? ¿De veras considera Su Señoría que es bueno para un menor separarlo de su padre, negarle su amor, negarle sus cuidados, condenarlo a una situación de orfandad?

    ¿Considera Su Señoría, por consiguiente, que todo aquel que reclame la Custodia Compartida va contra los intereses de las mujeres, y que sus resoluciones deben guiarse fundamentalmente por el “favor Mater”, y satisfacer por sistema a la madre, aunque ello suponga humillar, maltratar y hundir al hombre; aparte de excluirlo de la educación y de la crianza de sus hijos y expulsarlos de su vida cotidiana? Señoría, permítame una última
    reflexión: ampararse únicamente en “la conciencia” y en formas muy particulares, pintorescas, de entender el interés superior de los menores, el “favor filli”, son muy escasas garantías de que se esté obteniendo el objetivo deseado. Estoy tan seguro de esto como de que nadie se sometería a una intervención quirúrgica (ni si quiera de apendicitis) en manos de un médico invidente por “muy buena intención” que este tuviera, ni estaría dispuesto a
    volar en una avión con un piloto también ciego (dicen que la justicia también es ciega…) por mucha “buena voluntad” que tuviera el piloto.
    Pienso igualmente que las preguntas que le planteo a Su Señoría merecen una respuesta, al menos para poder estar más tranquilo.
    Carlos Aurelio Caldito Aunión.
    http://www.facebook.com/groups/otrofeminismoesposible/

    jueves, 29 de septiembre de 2011

    Los delitos de menores por maltrato familiar repuntan en la ciudad

    Arela aprecia un aumento de jóvenes que cumplen medidas judiciales por este motivo
    Jueves 29 de septiembre de 2011  
    M. LÓPEZ Cuando nació la asociación Arela, en septiembre del año 2000, las faltas y delitos más frecuentes entre los menores infractores con los que trabajaban los profesionales de este colectivo eran robos y daños. "Ahora tenemos muchos delitos de maltrato familiar, ha habido un repunte bastante grande en estos últimos años", revela la coordinadora del área de Reforma de Arela, Ana Pérez. "Normalmente el maltrato es hacia la madre. Son chavales con muy pocas normas y límites, y pueden ser de cualquier clase social", agrega.
    También son habituales entre los jóvenes que cumplen medidas judiciales en el centro de día de Lavadores los delitos de lesiones (por peleas), de tráfico (por conducir motocicletas sin permiso o sin seguro), y en menor medida, por "trapicheo" de drogas.
    Actualmente Arela trabaja por el cumplimiento de 63 medidas judiciales en Vigo y 53 en Pontevedra (trabajos en beneficio de la comunidad, libertad vigilada, asistencia a centro de día, etc.). Doce de los adolescentes y jóvenes infractores con los que trabaja la asociación iniciarán esta tarde un programa de "educación para la salud" que impartirá Cruz Roja con el objetivo de que adquieran hábitos y costumbres que mejoren su bienestar y el de su entorno, tanto familiar como social.
    La iniciativa se prolongará durante todos los jueves hasta el 27 de octubre, durante cinco sesiones. La de hoy abordará diferentes aspectos del VIH: qué es, sus vías de transmisión o cómo ataca. Otras dos jornadas se centrarán en la educación afectivo-sexual y otras tantas en la prevención de hábitos nocivos (drogas, tabaco, alcohol, anorexia y bulimia). La intención es desarrollar en los participantes la capacidad de elección de un estilo de vida sano acorde a su entorno.
    Esta segunda colaboración en este programa entre Arela y Cruz Roja viene precedida por el éxito de la primera experiencia, en la que se formó a jóvenes en conflicto social en Pontevedra.
    http://www.farodevigo.es/gran-vigo/2011/09/29/delitos-menores-maltrato-familiar-repuntan-ciudad/584090.html?utm_source=rss